Notas sobre la Ayuda Oficial al Desarrollo destinada a la agricultura subsahariana en el siglo XXI

Fecha

2016

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Editor

Ministerio de Relaciones exteriores y Movilidad Humana de Ecuador
Resumen
En el marco del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) de 1966, en su Artículo 11, se reconoce la alimentación como uno de los derechos básicos de las personas, puesto que alude al acceso y producción de los alimentos. Los Estados parte, así, se hallan interpelados a adoptar medidas orientadas a: Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales (Asamblea General, 1966). Tales acciones, de acuerdo con el artículo citado, pueden ser desarrolladas a través de actos individuales o conjuntos, es decir, mediante la cooperación internacional al desarrollo. En este sentido, los Objetivos del Desarrollo del Milenio (2000-2015), y los Objetivos del Desarrollo Sustentable (2016-2030) –los cuales guían las metas de las acciones de cooperación internacional–, han hecho hincapié en la seguridad alimentaria como una prioridad global.

Palabras clave

África Subsahariana, Desarrollo, Agricultura, Cooperación internacional

Citación