LA METODOLOGIA JURIDICA Y LA TEORIA PURA DEL DERECHO

Fecha

1997-02-01

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

UNR EDITORA-
Resumen
A la pregunta por la importancia del estudio de la metodología (innumerables ocasiones despreciada, relegada u oculta), coincidimos en señalar que, el mostrar (demostrar) los procedimientos utilizados para arribar al conocimiento científico, posibilitan la verificación por otros y abre el camino a la crítica.- Ciro F. Cardozo nos dice: “En una primera aproximación, podemos decir que el término “método” designa a los procedimientos ordenados que es preciso emplear para alcanzar algún objetivo previamente establecido. Así, la aclaración de la expresión “método científico” depende en gran parte de la definición de ciencia, de qué finalidades persiguen los científicos, y por fin de cómo proceden para lograrlas”. (1). Desarrollando este concepto podemos señalar algunas apreciaciones: el objeto determina de alguna manera al método y a su vez éste constituye el objeto; el objeto en cuestión es el derecho considerado como un objeto empírico, es decir un hecho, y como tal, accesible a la experiencia; se pueden distinguir aspectos fundamentales del método de sus aspectos técnicos, las técnicas validan los procedimientos pero no necesariamente deben repetirse; se requiere un talento especial para conducir el método, es decir al ordenar las cosas de determinada manera para lograr en un determinado auditorio la convicción; sujetos del método son tanto los órganos del derecho como las disciplinas jurídicas; y por último, su finalidad puede consistir tanto en la adquisición del conocimiento como en la transformación del mismo.

Palabras clave

Teoría Pura, Kelsen, Metodología Jurídica

Citación