Tiempo y subjetividad de las infancias institucionalizadas: una mirada psicoanalítica sobre los niños, nacidos y criados en contexto de encierro.

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2025

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Resumen
Este ensayo se propone reflexionar, sobre qué posibilidades encuentra la emergencia del sujeto psicoanalítico en niños que cohabitan con sus madres en una institución de encierro. Bajo un régimen disciplinario se pone en riesgo el derecho al acceso de un tiempo subjetivo fundamental, tanto para la constitución psíquica como para la construcción de subjetividad. Desde el discurso psicoanalítico se propone pensar la primera infancia como un tiempo privilegiado de estructuración psíquica, que advendrá mediante diferentes procesos subjetivos y sus marcas consecuentes. De tal modo, ciertos momentos se vuelven fundantes de la subjetividad a condición de que dejen de ser cronológicos para operar en otra dimensión. Así, la infancia es un tiempo instituyente. Por otro lado, desde el discurso jurídico, y mediante el art 195 de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad N.o 24.660 (1996), está permitida la convivencia materno infantil hasta la edad de cuatro años, ingresando de tal modo las niñeces al régimen carcelario de una manera soslayada e invisible. Además, la Ley de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes N.o 26.061 (2005), establece que es el Estado quien tiene la obligación y responsabilidad de velar por los derechos de las infancias reconociéndolas como sujetos de derechos. Sin embargo, en las niñeces que habitan una institución penitenciaria, por el hecho de ser convivientes con sus madres privadas de la libertad, este tiempo singular es avasallado por el mismo sistema. Así se somete a esta población a un tiempo institucional, a la vez que se la objetaliza como infancias institucionalizadas.

Palabras clave

Tiempo subjetivo- Sujetos de derechos- Infancias institucionalizadas- institución carcelaria.

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