Tiempo y subjetividad de las infancias institucionalizadas: una mirada psicoanalítica sobre los niños, nacidos y criados en contexto de encierro.
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Resumen
Este ensayo se propone reflexionar, sobre qué posibilidades encuentra la emergencia del
sujeto psicoanalítico en niños que cohabitan con sus madres en una institución de
encierro. Bajo un régimen disciplinario se pone en riesgo el derecho al acceso de un
tiempo subjetivo fundamental, tanto para la constitución psíquica como para la
construcción de subjetividad. Desde el discurso psicoanalítico se propone pensar la
primera infancia como un tiempo privilegiado de estructuración psíquica, que advendrá
mediante diferentes procesos subjetivos y sus marcas consecuentes. De tal modo, ciertos
momentos se vuelven fundantes de la subjetividad a condición de que dejen de ser
cronológicos para operar en otra dimensión. Así, la infancia es un tiempo instituyente. Por
otro lado, desde el discurso jurídico, y mediante el art 195 de la Ley de Ejecución de la
Pena Privativa de la Libertad N.o 24.660 (1996), está permitida la convivencia materno
infantil hasta la edad de cuatro años, ingresando de tal modo las niñeces al régimen
carcelario de una manera soslayada e invisible. Además, la Ley de Protección Integral de
los derechos de las niñas, niños y adolescentes N.o 26.061 (2005), establece que es el
Estado quien tiene la obligación y responsabilidad de velar por los derechos de las
infancias reconociéndolas como sujetos de derechos. Sin embargo, en las niñeces que
habitan una institución penitenciaria, por el hecho de ser convivientes con sus madres
privadas de la libertad, este tiempo singular es avasallado por el mismo sistema. Así se
somete a esta población a un tiempo institucional, a la vez que se la objetaliza como
infancias institucionalizadas.
