Encuadre tributario en el impuesto sobre los ingresos brutos de la venta de ganado por plataformas digitales

Fecha

2023-12-21

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Resumen
En el presente trabajo pretendemos analizar algunas cuestiones controvertidas en materia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para un contribuyente agropecuario encuadrado en el Convenio Multilateral cuando concreta sus operaciones de venta de ganado por plataformas en el marco de la economía digital. Surgen numerosos cuestionamientos a la hora de la distribución de la base imponible del tributo entre las distintas jurisdicciones locales fruto de que, en ocasiones, las operaciones pueden encuadrar conforme las normas del artículo 2 del Convenio Multilateral, o bien de acuerdo con los párrafos primero y tercero del artículo 13 del citado Convenio. Es necesario conocer las normas dispuestas por el Consenso Fiscal 2021 con relación al hecho imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el concepto de presencial digital incorporado por la RG (CA) 5/2021 que impactan de lleno en las operaciones de venta de ganado por plataformas digitales. En tal sentido surgen inquietudes, a la hora de la distribución de la base imponible que se puede generar cuando el productor cría el ganado en una jurisdicción, sometiéndolo a recría en otra, para luego ser vendido por una plataforma ubicada en una tercera jurisdicción a un productor que se conecta por la WEB desde una cuarta jurisdicción. Retomando este ejemplo, otro claro ejemplo de situación problemática podría darse si el comprador procede a comprar el ganador por la WEB usando un punto de conexión ubicado en la jurisdicción de cría o recría

Palabras clave

Ganadería, Economía Digital, Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Convenio Multilateral, Sustento Territorial, Presencia Digital, Consenso Fiscal

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