Las Partes deciden favorecer:
1) el intercambio de estudiantes, docentes e investigadores,
2) la realización de proyectos comunes de investigación
3) los contactos sobre temas de interés común,
4) los intercambios de información, de documentación y de publicaciones científicas, entre otros.
5) el desarrollo o participación en congresos, seminarios, coloquios o simposios, etc.
6) visitas de corta duración
7) la implementación de acuerdos de doble titulación y cotutela doctoral.