FPSICO - MAESTRÍA EN PSICOANÁLISIS
URI permanente para esta comunidad
Examinar
Examinando FPSICO - MAESTRÍA EN PSICOANÁLISIS por Materia "Derecho"
Mostrando 1 - 1 de 1
Resultados por página
Opciones de ordenación
Ítem Acceso Abierto LA INTERPRETACION DEL ENUNCIADO DEL ARTÍCULO 34, INC. 1º DEL CODIGO PENAL ARGENTINO. UNA LECTURA DESDE EL PSICOANALISIS(2017-04-29) OLCESE, María Susana; KELMAN, MarioLa tesis titulada “La interpretación del enunciado del artículo 34, inc. 1 del Código Penal argentino. Una lectura desde el psicoanálisis” responde a la pregunta acerca de cómo se concluye en la interpretación y la aplicación de esa norma que, quien no dispone de la comprensión del acto ni puede dirigir sus acciones, resulta un sujeto de derecho que porta el diagnóstico de psicosis Expone, de manera no exhaustiva, las teorías en que se sostienen las prácticas periciales en el campo “psi” jurídico y forense en torno al art. 34, inc. 1ro, fundamentalmente a partir de la segunda mitad del siglo pasado y hasta la actualidad, con especial énfasis en lo que ocurre en nuestro medio. Aborda una lectura sobre la interpretación hegemónica que, de la norma, han realizado los profesionales -operadores judiciales, médicos legistas, psicólogos, etc.-. Se discurre, con el formato del ensayo, para alcanzar argumentos que permitan suministrar criterios a tener en cuenta en la realización de las pericias “psi”, en la medida que los dictámenes son requeridos en la toma de decisiones judiciales al aplicar una norma a un caso. En este sentido, en el entrecruzamiento entre Derecho y Psicoanálisis, las prácticas “psi” requieren producir un vaciamiento de los saberes coagulados que dan lugar a unas prácticas viciadas por la implementación de consignas que obturan la emergencia de nuevas preguntas e impiden la producción de respuestas diferentes de las que pueblan los expedientes. Se inicia con un glosario que contiene una presentación fragmentaria sobre conceptos que especifican el campo de la psicología jurídica y forense. Le siguen tres capítulos que circunscriben, a partir de la coyuntura de los fundamentos teóricos, una serie de contradicciones, inconsistencias y contrapuntos conceptuales que intoxican las praxis. Finaliza con una conclusión que recupera las afirmaciones fuertes a las que se arriba en los capítulos. A modo de breve síntesis, la tesis circunscribe que el artículo 34, inc. 1ro. encarna el enquistamiento del pensamiento decimonónico en nuestra sociedad por la vía del derecho penal ya que conserva, absolutamente vital en su interior, la teoría clásica del libre arbitrio y la teoría positivista de la peligrosidad, circunstancia que colisiona con otros conjuntos normativos vigentes. Se establece, asimismo, una articulación posible entre las dos versiones de lo humano que se denominan persona y sujeto/subjetividad -en el ámbito jurídico y forense-, entendiendo que la práctica profesional psicológica las reúne sin confundirlas, sin borrar la diferencia. También se advierte acerca de las consecuencias subjetivas que se derivan de la declaración de inimputabilidad a través de consideraciones pseudo-clínicas que resultan iatrogénicas. Asimismo, se plantea que en la actualidad las conclusiones periciales se sostienen, mayoritariamente, en la Medicina Legal, pseudo-ciencia que ha diseñado una psicopatología que encuentra sus fundamentos antropológicos en la consideración de que el criminal es el eslabón perdido entre el antropoide y los hombres que han alcanzado una adaptación acorde al desarrollo civilizatorio. Esta circunstancia implica incurrir en una desmentida -Verleugnung- del tercer golpe al narcisismo del hombre en el proceso de dar respuesta a los puntos de pericia. El descubrimiento freudiano del inconsciente implica un sinnúmero de cuestiones que deben ser atendidas en la labor pericial, ya que el Psicoanálisis enseña, a contramano del discurso hegemónico, que sujeto y acto no coinciden temporalmente.