2020-06-232020-06-232020-06-220024-1636http://hdl.handle.net/2133/18371SUMARIO: I. Introducción. Resumen.— II. Certificados de actuación notarial remota.— III. Los certificados notariales remotos no son instrumentos públicos.— IV. ¿Los certificados notariales remotos constituyen una iniciativa para promover modificaciones legislativas?— V. Necesidad de reforma legislativa para cumplir con los principios del notariado latino que inspiran nuestra función pública notarial.— VI. Relevamiento del notariado nacional y el uso de tecnologías disponibles.— VII. Opinión.application/pdf10-12spaopenAccessCertificados notariales remotosCOVID-19PandemiaTecnologíasEl notariado argentino en tiempos del COVID-19 y las tecnologías disponibles. A propósito de los certificados remotosarticleLEY S.A.E. e I.Derechos reservados